miércoles, 21 de julio de 2010

Dudas sobre la GTAI de los Abortos No Punibles

A través de la Resolución Ministerial Nro. 1184, del 12 de julio del corriente año, el Ministerio de Salud de la Nación promovió una Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles.

La polémica que puede o va a desatarse ahora -¿cuán golpeada quedó la jerarquía eclesiástica como para iniciar otra Guerra de Dios?- tiene que ver con la interpretación que se hace en la mencionada Guía del artículo 86, segundo párrafo, inciso 2 del Código Penal de la Nación, que reza, textual:

2º Si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto.

Como podemos ver, el asunto interpretativo está en esa "0". La GT la interpreta así (Diccionario de la RAE):

o3.

(Del lat. aut).

1. conj. disyunt. Denota diferencia, separación o alternativa entre dos o más personas, cosas o ideas. Antonio o Francisco. Blanco o negro. Herrar o quitar el banco. Vencer o morir.


Tengo para mí que esa es la interpretación correcta y, en ese sentido, la GT sólo viene a aportar una interpretación oficial del MdS para que el médico cumpla con la Ley. Además pienso que el timing es perfecto, por lo que preguntaba al principio del post sobre cuánto habrá afectado el matrimonio gay a la jerarquía de la Iglesia.

Un profesor de Medicina Legal propuso en clase un debate en torno al artículo citado hace poco. Haciéndome el Artemio López, puedo decir que exactamente el 50% de la clase opinaba como yo: que el aborto está permitido en casos de violación; y el 50% restante opinaba como suelen opinar muchos jueces: que esa "o" está ahí no para separar cosas distintas sino que "violación" y "atentado al pudor" son descripciones de una misma situación y que se aplican sólamente a mujeres idiotas o dementes.

Reflexionando un poco, podemos advertir que hay hasta un cierto cariz discriminatorio y machista en esa segunda interpretación. Es como decir: la idiota o demente es incapaz de prestar su consentimiento, pero ojo, que una mujer que no lo sea puede haberlo hecho y luego negarlo. Turrita que quiere cagar al macho...

Asunto complicado probar una violación.

Por eso creo que la Ley debe proteger a la mujer en este caso y, con presentar la denuncia o declaración jurada, el médico debe realizar el aborto como, para mí, lo indica la Ley.

Pero la duda que se me plantea es que se trata de una interpretación, oficial -es cierto-, pero no es nada difícil imaginar el quilombo que puede comerse cualquier médico que practique un aborto por una violación. Hay mucho abogado dando vuelta. Mucho juez encantado de poder servir a "su" comunidad.

No se trata, creo yo, de que el médico sea valiente o se mande con facón y lanza a pelearle al malón que viene a degüello. Las consecuencias de quebrar la "otra" interpretación de la Ley (y encomillo porque me parece que es bastante forzada, pero posible) son graves. Se trata del Código Penal. El precio es cárcel e inhabilitación del ejercicio de la profesión por el doble de tiempo.

Para evitar todas estas cuestiones interpretativas y que el aborto sea efectivamente legal y gratuito -ojo, ya lo es, pero en muchos casos no es posible hacer cumplir la Ley-, es que el camino a recorrer es modificar la redacción de los artículos que lo regulan. Así y solo así podremos estar seguros de que no existirán impedimentos para su aplicación.

* Mi opinión con respecto al aborto: aquí y aquí.

Actualización: a través del sitio del Ministerio de Salud:

El ministerio de Salud de la Nación aclara que su titular, el Dr. Juan Luis Manzur, no ha firmado resolución alguna respecto de la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles.

Página/12:

Salud niega que Manzur haya firmado una resolución pero confirma la vigencia de la norma.

13 pusieron huevos y comentaron:

musidora dijo...

hola Ricardo, una cosa nomás: la resolución que vos linkeás es una MODIFICADA

la que se podía bajar hasta ayer tiene 64 hojas (no 63, como esta)

es una jugada muy sucia desconocer lo que estaba aprobado

No me parece que el problema haya sido que Paula Ferro (a quien escuché en radio continental un poco perturbada por todo esto) haya publicitado algo indebido
no, acá hubo presión
muchísima presión de la corporación religiosa

musidora dijo...

http://www.scribd.com/doc/34657044/Guia-ANP-ResMin1184

acá subí a scribd la guía que estaba publicada hasta ayer

habría que buscar bien qué se sacó

musidora dijo...

ey, qué frenesí: ya me llegó la hoja que se borró es la segunda, que dice

"La presente
Guía Técnica para la

Atención Integral de los Abortos No

Punibles
es una revisión y actualización

del documento elaborado por el Programa

Nacional de Salud Sexual y Procreación

Responsable (PNSSyPR) durante el

año 2007 basado en cuatro fuentes

principales: “Aborto sin riesgos: Guía

técnica y de políticas para sistemas de

salud”, Organización Mundial de la Salud

(Ginebra, 2003); “Norma Técnica para

la Atención de la Interrupción Voluntaria

del Embarazo (IVE)”, Ministerio de

la Protección Social (Bogotá, 2006);

“Norma Técnica: Atenção Humanizada

ao Abortamento”, Ministerio da Saúde

(Brasilia, 2005); y “Aborto Legal:

Regulaciones Sanitarias Comparadas”, de

Ana Cristina González Vélez, Giselle Carino

y Juanita Durán, IPPF/WHR (Montevideo,

2007)

Coordinación Técnica: Mariana Romero y

Paola Bergallo.

Revisión y actualización a cargo de: Tomás

Ojea Quintana y Lourdes Bascary.

Se agradece la colaboración
del

Consejo Asesor del PNSSyPR, a Silvina

Ramos, Valeria Isla y a todos y todas

las colegas médicas/os, sanitaristas,

juristas y psicólogos/as que revisaron este

documento, especialmente a quienes

integran la Subsecretaría de Salud

Comunitaria y la Coordinación General de

Información Pública y Comunicación. Un

reconocimiento especial a Ginés González

García por su impulso a la construcción de

este documento.

Los procedimientos previstos por esta

Guía son de aplicación establecida por

Resolución Ministerial Nro. 1184 del 12

de julio del 2010. Ministerio de Salud

de la Nación"

Ricardo dijo...

Muchas gracias, Paula.

El frenesí que describís es el mismo en el que me ví cuando estaba publicando el post, je.

Efectivamente, esa es la hoja que falta. Por lo que pude hojear, el resto es exactamente lo mismo.

Por lo tanto, el punto importante, que es la interpretación que se hace del artículo 86, 2do. párrafo, inciso 2º, sigue siendo el mismo.

Javier dijo...

Al final Manzuir salio a desmentoir , ayer una compañera mando la noticia de Pagina como un avance , pero al yoque otra compañera que milutra en una sociacion de mujeres y lesbianas por la libertad de eleccion respondio con lo siguiente :

yo sé que puede sonar ortiva y medio trosco, pero a mi este debate del no punible me resulta nefasto. por què? porque da vueltas eternamente sobre algo que ya está reglamentado. en todo caso discutamos la necesidad de hacer un registro público de médicxs objetorxs de conciencia, para garantizar que en cada hospital haya al menos una persona que poueda hacer los ANP; o discutamos la existencia de esos artìculos en el código penal, que están ahí desde 1921.
pero extender hasta el infinito los debates sobre si aplicarlo o no, si judicialización o no, es ridículo: no hay nada que debatir, hay que accionar.

igual no me sorprende la nota a favor de este debate antiguo firmada por mariana carbajal, que es siempre la primera defensora del ANP...

Mi opinion personal es que no se banca mas que haya chicas abusadas de 15 años y se metan los jueces y las organizacionees catolicas de mierda que son realmente insoportables a impedir que estas chicas aborten tal como establecen nuestra leyes , algo que debne sre automatico uy los jueces no deberian ni siquiera intervenir , si hay una denuncia policial para mi alcanza y sobre oara que se haga rapiidamente el aborto a las chicas esas .


Igual le doy un poco la razona mi compañera veronica , aca es neecsario taratar el proyecto de la campaña nacional que s epresenta todos los años , o el de NBuevo encuentro o creo que Cecilia Merchgan tambienb presentaria otro , bueno busquen las coincidencias entre todos los proyectos pero ya estamos grandes para poder legalizar el aborto para vcuqluier mujer que asi lo deseee siempre que sea las primeras semanas de gestacion obvio , por el bien de la salud publica en gral y porque las mujeres deben ser las dueñas de sus cuerpos , ni el estado ni las religiones tienen el derecho de apropiarse de los utereos que no les pertenecen y de hecho con ley o sin ley tenemos unos 100 mil abortos por año y en malas condiciones para las chicas mas pobres que no lo pueden pagar o ni siquiera conocen el misoprostol .

Un abrazo

Unknown dijo...

Epa compañero, muy buena la observción para los que estamos fuera del tema y debemos defender una opinión.

Digamos qeu con guía o no, la ambiguedad del artículo para los bogas buitres no desaparece.

Ricardo dijo...

Javier: muy buena la info que tirás.
En cierta manera tu compañera tiene razón. Es lo que digo al final del post: lo que hay que hacer es modificar los artículos. Una nueva ley de aborto, para decirlo rápido y mal.

Hay que evaluar. Creo que Rossi dijo el otro día que no estaba en la agenda tratar el tema.

Gracias por el aporte, che.

Ah, en cuanto a la objeción de conciencia: creo que más que por el tema religioso pasa por el miedo a la cárcel e inhabilitación.

Manuel: exactamente. Cualquier fiscal o juez puede hacerse el "defensor de La Vida".

musidora dijo...

habría que sopesar muy bien las implicancias de esa página que sacaron ricardo

si bien no cambia el contenido, cambia el status de la guía

bah, no sé
es un mejunge

Sujeto de la Historia dijo...

Con este tema vamos a encontrar una temible alianza: la de las corporaciones religiosas (en plural, no sólo la católica) y las de los buitres y caranchos abogados.
Va a ser duro realmente.

Ricardo dijo...

Paula: lo menos que se puede decir es que fue desprolijo lo que hicieron.

Yo no creo que cambie mucho esa página de presentación, como tampoco creo que cambie mucho en la realidad esta Guía Técnica, destinada a médicos. Servirá para que alguno entienda un tema del que pocas veces se habla en la facultad o en el hospital.

Sirve, si, conocer cómo entiende el tema el MdS y el Estado en general y creo que tarde o temprano se tratará el aborto como corresponde, en el Poder Legislativo.

Sujeto: es que muchos de esos buitres o caranchos están íntimamente ligados a las primeras corporaciones que nombrás.

Seguramente es un tema más sensible y controversial aún que el matrimonio igualitario.

cansarnoso dijo...

el tucu-turco tiene diarrea desde que le hacá felación a un cirio y se atragantó

musidora dijo...

http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-149951-2010-07-22.html

un a nota interesante de Mariana Carbajal sobre el tema, hoy en Página

El error gira precisamente en torno al rango de la Guía, si es resolución ministerial o no. Me pa que eso debe influir en el grado de aceptación que tendrá entre el cuerpo médico.

Luego posteo, qué bueno que estamos para charlar estas cosas
un beso
p.

Ricardo dijo...

La nota aclara un poco el por que de tanta desprolijidad, me parece.
Había un reclamo internacional, Argentina lo escuchó, acá deben haber presionado desde algún sector y se terminó en una solución intermedia.

Ya parezco Majul o Sarlo, intentando construir un argumento de novela.

Es un avance igual. Insuficiente, como todos los avances, pero -como decía en un comentario anterior- es importante saber que arriba piensan que en cualquier caso de violación el aborto está permitido.

De todas maneras el tema dejará de ser una controversia, un dolor de cabeza y una injusticia recién cuando se modifique la Ley.

Un beso, Paula.