O angelándolo, ustedes vean. Intentaré, por lo menos, una aproximación que deje de lado la hipocresía y la inocentontez ya que, como con aquel recontra impuestazo tecnológico -malo, malísimo, el acabose-, este proyecto de Ley,
presentado por Pichetto y Giustiniani, está levantando polvareda. Un apasionamiento que no despertó, debo decir, un proyecto que me parece aún peor y más dañino como el presentado por el diputado del PRO, Federico Pinedo (tratado
acá y
acá).
Mientras el proyecto de Pinedo (una mala copia de la Ley Sinde española) busca controlar la "legalidad" de los contenidos web (ya sea un comentario en un blog o la reproducción de la Divina Comedia), el proyecto de Pichetto-Giustiniani, mal denominado "Ley Pirata", se trata, en realidad, de una
compensación hacia los organismos encargados de resguardar los derechos de propiedad intelectual. Mientras el proyecto de Pinedo criminaliza, el de P/G descuenta que todos copiamos o bajamos contenido con derechos protegidos de manera ilegal y agrega al precio de los soportes (discos duros, cds, pendrives, reproductores de mp3, etc.) una compensación monetaria destinada hacia SADAIC, ARGENTORES, AADI, CAPIF, DAC, etc.
La denominación que está recibiendo el proyecto entonces, Ley Pirata, no me parece apropiada, porque no se trata de un instrumento para combatir la piratería. Sí caracteriza a todos los usuarios como piratas y les cobra a todos un
canon, por si acaso. En ese sentido vulnera un principio jurídico básico, que es
"todos somos inocentes hasta que se demuestre lo contrario". Pero si dejamos de lado lo ideal y vamos al mundo real -y no el de los Ositos Cariñositos- la piratería es un mal endémico no sólo en nuestro país sino en el mundo entero. Como el SIDA, la gripe A en 2009 y Paulo Ferrari en River. Quedan pocas disquerías en Tucumán.
En los foros que discuten el proyecto -que se iba a tratar ayer y al final
fue dejado para más adelante-, uno de los principales argumentos para censurarlo es la
modalidad de la cybercultura, basada -dicen- en este precepto: la Cultura es un DD.HH. De todos -aclaran, gracias-. Y como Internet is free, man, me puedo bajar lo que se me cante y que venga
Lars Ulrich a decirme algo, a ver cómo le va.
Ese argumento, en mi humildísima opinión, es inválido. De ser así, en un futuro cercano puede venir el director de un Hospital a decirme que mi título universitario es Cultura Aplicada, un DD.HH. y, por lo tanto, mis servicios no deben ser remunerados. Y que al puchero lo pare con los millones que me paga Aníbal por este blog. Auch.
De todas maneras, tampoco es como dice Pichetto en su twitter
"...la iniciativa de canon digital que busca proteger derechos intelectuales de artistas...". Con el perdón de Pablo Echarri y Florencia Peña (?): ¿guot de fac is dis? No conozco cómo se cortará el queso en ARGENTORES, pero, a nivel mundial, los proyectos que buscan castigar a los usuarios como manera de detener la piratería vienen fracasando rotundamente. Sabido es que Chris Martin, de Coldplay, no le paga la manicure a Gwyneth Paltrow con las regalías de los discos sino principalmente con lo que junta en las giras. En
esta web muestran cómo puede ser fraccionado el precio de un álbum: Compositor y Editorial: 9%, Artista: 10%, Productor: 2%,
Compañía Discográfica: 24%,
Fabricante: 8%, Distribuidor: 20%, Minorista: 27%. La parte del león no es la del artista.
SGAE: Sociedad General de Autores y Editores de España
Algunas conclusiones:
Entiendo que los que compran cds vírgenes (yo no), discos duros para almacenar mp3s (yo no), etc., pongan el grito en el cielo:
"¡me están metiendo la mano en el bolsillo!". Es verdad. Es una transferencia desde el usuario hacia los artistas o SADAIC o CAPIF (repito: no sé cuánto más recibirá Alejandro Lerner si se aprueba la ley). Como alma sensible podría renegar de que me presuman culpable de piratear cuando compre un pendrive, pero estoy tratando de dejar de ser un alma de budín. También entiendo que este proyecto no sirve para luchar contra la piratería, como dicen los usuarios. Creo que es, como dije, una compensación debido al reconocimiento de que el mercado ilegal es importante y muy difícil de combatir.
Si bien pienso que la Ley no resuelve el problema que dice querer resolver
...Conforme al art. 9 de la Convención de Berna (ratificada por nuestro país mediante Ley Nº 25.140), los autores de obras literarias y artísticas protegidas por el Convenio gozarán del derecho exclusivo de autorizar la reproducción de sus obras por cualquier procedimiento y bajo cualquier forma. No obstante lo expuesto, existen situaciones en las cuales el derecho exclusivo mencionado, más allá de la voluntad de la ley, no resulta debidamente protegido. El avance de la tecnología y el acceso masivo que a ella tiene el público, han generado fenómenos que deben ser resueltos en aras de mantener una protección adecuada de los titulares de derechos. Hoy existen medios tecnológicos idóneos para la reproducción y almacenamiento de obras musicales y audiovisuales a través de “copias privadas”, que constituyen una amenaza cierta a los derechos económicos de los autores, intérpretes y productores en tanto permiten el acceso gratuito a las obras en cuestión...
es deseable encontrar alguna solución al problema de los derechos de propiedad intelectual, para evitar que sea luego el proyecto de Federico Pinedo el que criminalice a alguien que descarga un mp3 o una película como ya ocurre en EE.UU. con la RIAA.